Jubilación parcial anticipada

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Jubilación parcial anticipada
El trabajador que pretenda jubilarse parcialmente a través de esta modalidad debe cumplir, de forma acumulativa, los requisitos que se enumeran a continuación y que se refieren a la siguientes materias.
1. Ser trabajador a tiempo completo
2. Acreditación de una edad mínima.
3. Acreditación de una antigüedad en la empresa
4. Reducción de jornada en determinada proporción
5. Acreditación de un período de carencia
6.  Celebración de un contrato de relevo
7. Cotización del jubilado parcial
Antigüedad en la empresa
El trabajador que pretenda jubilarse parcialmente ha de acreditar que ha prestado servicios en una empresa durante un período mínimo que abarque los 6 años inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación parcial. A tal efecto, se computa la antigüedad acreditada en la empresa anterior  a la que se está vinculado en el momento de la jubilación si ha mediado una sucesión de empresa (ET art.44), o cuando se acredita tal antigüedad en empresas pertenecientes al mismo grupo.
                   abogados sevilla y jerez bufete abogados dominguez lobatoabogados

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