Áreas de práctica | Fiscal y Tributario
Recibir una carta de la Agencia Tributaria produce un efecto curioso: la mayoría de los contribuyentes paga por no discutir.
Y una parte considerable de esas liquidaciones son recurribles, con plazos cortos que corren desde el día de la notificación.
Cuándo acudir a nosotros
- Ha recibido un requerimiento, una propuesta de liquidación o una notificación de inicio de comprobación.
- Está en un procedimiento de inspección.
- Le han impuesto una sanción tributaria.
- Quiere recurrir en reposición o reclamar ante el TEAR o el TEAC.
- Pagó de más y quiere solicitar la rectificación de la autoliquidación y la devolución de ingresos indebidos.
- Necesita aplazar o fraccionar una deuda que no puede atender de golpe.
- Va a heredar, donar o transmitir un inmueble y quiere saber el coste fiscal antes de firmar, no después.
Cómo trabajamos este asunto
Lo primero es el plazo: comprobamos la fecha de notificación y qué días quedan, porque un recurso fuera de plazo no se estudia, se inadmite. Después valoramos si el asunto se defiende mejor en alegaciones, en reposición o directamente en vía económico-administrativa, y se lo explicamos con la previsión de coste y de tiempo de cada camino.
Lo que conviene saber antes de empezar
Recurrir no siempre suspende la obligación de pagar: hay que solicitar la suspensión y, según el caso, garantizarla. Es el detalle que más disgustos causa a quien recurre por su cuenta convencido de que ha ganado tiempo.
Si tiene una notificación de Hacienda encima de la mesa, tráigala antes de que venza el plazo. Consúltenos sin compromiso o llámenos al 625 19 10 19. La primera consulta es gratuita.
📍 Domínguez Lobato Abogados — Madrid · Jerez de la Frontera · Sanlúcar de Barrameda. C. Porvera, 6-8, 11403 Jerez de la Frontera (ver en Google Maps).
Domínguez Lobato Abogados Bufete de abogados en Jerez de la Frontera, Sanlúcar de Barrameda y Madrid