Desahucio entre coherederos de un mismo inmueble

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Es frecuente que, ante una herencia que todavía no ha sido dividida y adjudicada, uno de los coherederos venga disfrutando en exclusiva de una de las fincas que la integran, sin abonar renta alguna y sin título arrendaticio.
Ante dicha situación, cuando el que viene ocupando el inmueble no
quiere desalojar, los demás coherederos podrán acudir al juicio de desahucio por precario para recuperar su posesión.

Todos los coherederos tienen derecho a poseer los bienes dejados en la herencia, por lo que si aquél que viene ocupando el inmueble, no tiene título alguno ni paga renta por su uso, el resto tienen derecho a exigir al ocupante que deje vacío el inmueble.

Conforme al artículo 1.068 del Código Civil, la partición legalmente hecha confiere a cada heredero la propiedad exclusiva de los bienes que le hayan sido adjudicados por lo que estando pendiente el estado de indivisión hereditaria que precede a la partición y teniendo ésta el carácter de operación complementaria que resulta indispensable para obtener el reconocimiento de la propiedad sobre bienes determinados de la herencia, no cabe admitir un uso exclusivo de
de un bien hereditario en favor de un determinado coheredero.
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