La extinción de la pensión de alimentos por la falta de relación entre el padre y la hija, la sentencia más buscada por los juristas de la AEAFA
Fuente: Noticias Jurídicas
La Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) ha dado a conocer el ranking de las 10 sentencias más consultadas por más de 2.500 abogados especializados en Derecho de Familia a lo largo de 2021.
Los conflictos relacionados con los hijos y el reparto de la vivienda son las cuestiones que más interés han suscitado entre los juristas que emplean el buscador de la web de la AEAFA, que acumula cerca de un cuarto de millón de visualizaciones anuales.
La resolución que ocupa el primer puesto del ‘ranking’ es la que se refiere a unpadre que solicita la extinción de la pensión alimenticia de su hija mayor de edad por falta de trato y afecto. La relación entre ambos se rompe definitivamente mediante un mensaje un correo electrónico de ella a los catorce años, coincidiendo con disputas judiciales entre los progenitores por el impago de la pensión de alimentos. Posteriormente, cuando adquiere la mayoría de edad, la hija publica un libro en el que escribe que no tiene padre y procede a invertir sus apellidos. En la sentencia, la Audiencia Provincial de Navarra estima la demanda del padre y acuerda la extinción de la pensión de alimentos e imputa a la hija la decisión de desentenderse del padre, “lo que implica la asunción de las consecuencias de sus actos y de las decisiones libérrimas adoptadas por parte de una persona mayor de edad”.
Una de ellas es de
Audiencia Provincial de Navarra. Roj: SAP NA 902/2020 –
El padre solicita la extinción de la pensión alimenticia de su hija mayor de edad por la falta de afecto, trato y relación. El pacto vigente era que el padre le pagaría alimentos hasta su mayoría de edad y hubiera alcanzado una cualificación profesional.
¿Qué dice la sentencia? “Siendo todo esto así, resulta probado que existe una absoluta falta de relación entre la hija y su padre que posee las condiciones de principal, relevante, acreditada y duradera en el tiempo e imputable en exclusiva a la voluntad de la hija, lo que implica la asunción de las consecuencias de sus actos y de las decisiones libérrimamente adoptadas por parte de una persona mayor de edad. Procede estimar la demanda y acordar la extinción de la pensión alimenticia que la hija viene percibiendo de su padre desde la fecha de esta sentencia”.
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