Condenada la empleada de una perfumería por hablar mal de su encargada en Facebook

DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS. Derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y al secreto en las comunicaciones. Derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen. Derecho al honor. RESPONSABILIDAD CIVIL. Responsabilidad extracontractual. Otros supuestos. Daño moral por intromisión ilegítima en el derecho al honor o a la intimidad.

Denuncias-ofensas en-Facebook

La Audiencia Provincial de Burgos ha condenado a una empleada de perfumería por escribir en Facebook comentarios vejatorios contra la encargada del establecimiento donde trabajaba. La Sección Segunda confirma la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 6, que entendió que hubo una intromisión ilegítima en el honor de la demandante cuando se vertieron en Facebook expresiones como “encargaducha”, o “despedida por robar”, entre otras acusaciones sobre la forma de regentar la tienda de la encargada, o su pasado en otros trabajos.

La Sala rechaza en consecuencia el recurso interpuesto por la empleada, a la que condena a indemnizar a su superiora con 800 euros. La acusada también deberá publicar la sentencia condenatoria en el perfil donde produjo la difamación.

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