La relación existente entre un repartidor (‘rider’) y la empresa Glovo tiene naturaleza laboral. El Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha declarado que la relación existente entre un repartidor (‘rider’) y la empresa Glovo tiene naturaleza laboral. El Tribunal rechaza elevar cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Estima el primer motivo del recurso …
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