Diferencia entre régimen de separación de bienes y de ganaciales.

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El régimen de bienes gananciales, que rige en la mayor parte de España excepto en tres comunidades autónomas, implica que tanto el dinero que cada cónyuge gana como los bienes que adquieren durante el matrimonio pertenecen a ambos por igual. También supone que la venta de cualquier bien deben hacerla de mutuo acuerdo.

Por su parte, el régimen de separación de bienes, que rige en Cataluña, Valencia y Baleares, establece que cada cónyuge sigue siendo dueño de sus ingresos y posesiones, así como de las ganancias que generen, tal y como sucedía antes del matrimonio, salvo que ambos decidan convertir en común alguno de ellos. Para que una pareja pueda cambiar el régimen económico de su matrimonio ha de acudir al notario para que redacte y autorice una escritura pública de capitulaciones matrimoniales.

El coste medio de la escritura de capitulaciones matrimoniales se sitúa en torno a los 60 euros y que en ella también se puede incluir otros aspectos como donaciones de los padres a los esposos.

Por otro lado, las parejas están más sensibilizadas hoy en día con los temas de su vida en común que trascienden a su régimen económico y empiezan a dejar pactado en las capitulaciones matrimoniales otras cuestiones como normas de convivencia o compromisos en previsión de crisis matrimoniales.

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