La libertad vigilada es una medida de seguridad no privativa de libertad (artículo 93.3 3ª Código Penal), no es una pena, y es el Tribunal o el Juez sentenciador el que la impone. Su contenido se concreta en una serie de limitaciones, obligaciones, prohibiciones o reglas de conducta establecidas en el art. 106.1 CP. Es una lista tasada de medidas, …
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