Si como tradicionalmente se ha entendido el resarcimiento debe ser integral, la indemnización debe cubrir no solo las pérdidas de naturaleza pecuniaria o daño patrimonial, sino también las que no lo tengan, los denominados daños morales o no patrimoniales. En consecuencia, la compensación económica puede tener dos causas: 1.-Los daños materiales ocasionados por la conducta de la persona que ha …
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Domínguez Lobato Abogados Bufete de abogados en Jerez de la Frontera, Sanlúcar de Barrameda y Madrid