Modelos de Reagrupación Familiar De acuerdo al Art. 54 de la LO 4/2000 (Reformada por LO 2/2009), El extranjero podrá reagrupar con él en España a los siguientes familiares: a) Su cónyuge, (siempre que no se encuentre separado de hecho o de derecho y que el matrimonio no se haya celebrado en fraude de ley). En ningún caso podrá reagruparse …
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