En nuestro día a día, es normal que nos adaptemos a los obstáculos que nos encontramos en nuestro camino, pudiendo finalmente solventar con el problema.
Sin embargo, existen problemas que surgen de golpe, como en el caso de la herencia y que por su complejidad requiera de una respuesta precisa.
Con el fin de alcanzar esa solución a la herencia, es necesario tener los siguientes documentos (dando así una serie de pasos), que son:
1º) Obtención de un Certificado de Defunción: Sin dicho documento, que es el único que justifica oficialmente que tu familiar ha fallecido no puedes tramitar su herencia.
Se pueden obtener generalmente del personal de la empresa que se encarga de gestionar el funeral del fallecido o en el Registro Civil (preferentemente el del lugar de Fallecimiento del causante).
Junto a este documento, debe de ir acompañado necesariamente el certificado de últimas voluntades, que lo podremos obtener una vez que ha transcurrido el plazo de 15 días desde el momento del fallecimiento, en la Gerencia del Ministerio de Justicia del lugar de residencia.
Por último, a opción del interesado, se puede solicitar el certificado de seguros (si el causante tenía contratada un seguro contratado que previese una indemnización en caso de fallecimiento).
2º) Obtención de la copia del testamento: Con los certificados anteriores, es posible averiguar si el fallecido hizo testamento o no.
En caso de que hubiese testamento, nos vamos a la notaría donde se hizo el último testamento según el certificado y pediríamos una copia autorizada del testamento último referido en el certificado de últimas voluntades
3º) Tramitación de Declaración de herederos: Sería necesario en caso de que no haya testamento, en notaría o en el Juzgado de Primera Instancia del lugar del fallecimiento (requiriendo los certificados anteriores, DNI, libro de Familia y dos testigos).
4º) Inventario de Bienes y deudas que componen la Herencia: En el momento de ver cual es el patrimonio que dejó y el como repartir los bienes, habrá que realizar un inventario.
Para incluirlos en el inventario, hay que dar constancia de que efectivamente son del causante, requiriendo los siguientes certificados para cada bien:
- a) Bienes inmuebles: Certificados catastrales, en el registro de la propiedad
- b) Saldo Bancario: Certificado del Saldo en la entidad bancaria del fallecido (se puede encontrar esta información a través de su declaración de la renta).
- c) Vehículos: Certificado de titularidad del Vehículo, en la Jefatura Provincial de Tráfico del lugar del fallecimiento
- d) Cuantías derivadas de seguros: la póliza, en el cado de que se encuentren incluida los herederos.
- e) ajuar inmobiliario
5º) Redacción del Documento de Partición de la Herencia: La distribución de la herencia se hará en un documento llamado «cuaderno particional´´.
Se recoge la identificación de todos los interesados en la herencia, el inventario de bienes y deudas, y las adjudicaciones (redactado por un abogado y que quedaría firmado portados los interesados).