Violencia de género. La doble victimización de las mujeres

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Conviene realizar una reflexión sobre el conflicto existente entre la conciencia colectiva, que anima a las víctimas de violencia de género a denunciar y la frustración, en cuanto a expectativas, que pueden tener muchas mujeres que sufren una situación de maltrato en sus relaciones con la administración de justicia.

La frustración está directamente relacionada con las expectativas de las mujeres acerca del proceso judicial. Las mujeres lo perciben lento, con muchas dilaciones y faltándole una atención o trato adecuado a su persona.

Y es que desde todos los organismos que componen la sociedad, instituciones, asociaciones y colectivos que trabajan en la erradicación de la violencia de género conminan y casi obligan a presentar denuncia por cualquier hecho relacionado con esta lacra social.

No es nuestra intención evitar que se presenten denuncias o que queden impunes casos de agresión a una mujer, pero sí llevar a una reflexión sobre este tema, ya que, suele ser bastante frecuente que una mujer, tras ser aconsejada y asesorada, presente denuncia en sede policial o en el Juzgado, “casi obligada” por distintas personas, como agentes o profesionales implicados en materia de violencia de género. Y que posteriormente, tras pasar el trance de las distintas declaraciones que tiene que hacer tanto en sede policial, como en sede judicial, se encuentre con distintos profesionales que cuestionan la veracidad de las mismas, produciéndole a la víctima una sensación de falta de credibilidad en su testimonio, teniendo que demostrar la veracidad de sus declaraciones, convirtiéndose en vulnerable desde el punto de vista del Derecho.

La víctima de violencia de género recibe así una doble victimización. De un lado la victimización primaria, derivada de la experiencia de haber sufrido este delito, como lesiones físicas, psíquicas o consecuencias sociales como el aislamiento. Y de otro, la victimización secundaria, originada al contacto de la víctima con el sistema judicial, dado que en este tipo delictivo, las víctimas tienen unas características específicas que las hacen singulares.

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Noticias juridicas articulos doctrinales, Diego Martin Ayala y Rocío Ponce García.

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