Hipotecas. Medidas retroactivas de la nueva ley que afectarán a los clientes con hipotecas ya firmadas

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Cláusula de vencimiento anticipado

Se aplica con carácter retroactivo (en las hipotecas firmadas tanto antes como después de la entrada en vigor de la ley) es el que regula la aplicación de la cláusula de vencimiento anticipado, que es el paso previo que dan los bancos para poder ejecutar la hipoteca y embargar la vivienda tras un impago reiterado.

La nueva normativa establece unos requisitos más duros para poder aplicar esta cláusula. Durante la primera mitad del plazo de la hipoteca, el impago debe exceder un 3% del capital otorgado o alcanzar un equivalente de 12 cuotas, mientras que en la segunda mitad, la demora debe ser de al menos el 7% del principal del préstamo o de un equivalente de 15 mensualidades.

Asimismo, la Ley Reguladora de Contratos de Crédito Inmobiliario obliga al prestamista a darle un mes al deudor para ponerse al día con los pagos pendientes antes de poder iniciar el proceso de ejecución. Los ya hipotecados, eso sí, pueden decidir entre acogerse a estas medidas o mantener el vencimiento anticipado establecido originalmente en su contrato si consideran que este les resulta más conveniente, aunque es algo poco probable.

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