Es necesario atender a una noción de mucha mayor amplitud que la estricta cuando nos referimos a los derechos y obligaciones de la «familia nuclear«, esto es, de los derechos y obligaciones entre los cóyuges.
Repasemos para ello a lo establecidoo en el artículo 68 del Cc español:
Artículo 68
Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Deberán, además, compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado y atención de ascendientes y descendientes y otras personas dependientes a su cargo.
Siendo así, procuremos hoy, desde el mismo núcleo del hogar, que nada falte hoy a nuestros mayores, y mucho menos, la atención emocional.