Nos referimos a la regulación del matrimonio según el Código Civil español, y todo ello considerando en primer término la igualdad jurídica entre ambos cónyuges.
Primero.- Vivir juntos
El artículo 68 les obliga a los cónyuges a vivir juntos en el domicilio conyugal que de común acuerdo que hayan fijado. Si esta obligación no se cumpliere podría dar lugar a un delito de abandono de familia, tipificado en el artículo 226 del Cp.
Artículo 226
1. El que dejare de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar o de prestar la asistencia necesaria legalmente establecida para el sustento de sus descendientes, ascendientes o cónyuge, que se hallen necesitados, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses.
Segundo.- Fidelidad
Impuesto por la ley con la obligación mutua de guardarse fidelidad, cuyo incumplimiento sólo constituye un ilícito civil.
Tercero.- Ayuda y socorro mútuo
Por otro lado, los cónyuges deberán de abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de actividad que pudiera lesionar el interés familiar, procurando que cualquier decisión que adopten, ya sea conjunta o separadamente, sea del todo favorable y redunden en beneficio de la familia.