El artículo 219 de la LGSS aprobada por Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30 de octubre, vigente desde el 2 de enero de 2016,recoge los requisitos del derecho con carácter general. Dichos requisitos son los siguientes: • Beneficiario: cónyuge superviviente; •Requisitos del cónyuge fallecido: estar en alta o en situación asimilada al alta; en caso contrario, que acredite un período …
Leer Más »